Horario de atención
- Todos los locales comerciales están habilitados a funcionar de 06:00 hs. y hasta las 22:00 hs., en el periodo de vigencia del presente Decreto.-
Regulación para restaurantes, parrilladas, bares, cafeterías
- Restaurantes, parrilladas, bares, cafeterías y todos aquellos similares donde existe concentración de personas, pueden atender hasta el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad, garantizando distancia de dos metros de distancia. Barras y mesas deben desinfectarse cada treinta (30) minutos.
- Por mesa el máximo de asistentes será de seis personas, con una distancia de 0,50 metros entre sí, utilizando tapabocas o barbijo no quirúrgico en todo momento en el que no estén ingiriendo alimentos o bebidas.
- El horario autorizado de apertura de estos locales será a partir de las 06:00 hs. debiendo cerrar sus puertas para el ingreso de asistentes a las 22:00 hs. Hasta las 22:50 hs. podrán permanecer los comensales en el interior del local, debiendo estar desalojado completamente a las 23:00 hs.
- Los locales gastronómicos podrán funcionar en formato delivery o retiro del local (takeaway) hasta las 00:00 hs., no pudiendo permanecer comensales en el interior del local entre las 23:00 y las 00:00 hs.
Supermercados, hipermercados, almacenes, y locales comerciales en general
- Pueden atender hasta en un 50 % de su capacidad de ocupación y permanencia de personas, disponiendo los turnos sobre esa base.
- Deben mantener las medidas de desinfección e higiene con alcohol en picaportes de puertas, carros de compras, heladeras, etc., además de la ventilación de los locales y la desinfección e higiene de pisos con agua y lavandina, debiendo el personal lavarse frecuentemente sus manos con agua y jabón y/o utilizar alcohol en gel, evitando tener contacto a menos de dos (2) metros de distancia.
- Deberá habilitarse la cantidad de cajas de cobro necesarias para que no exista una fila mayor a siete (7) personas realizando la espera del pago. En caso de no respetarse esta condición el factor de ocupación deberá reducirse para cumplir esta condición.-
Peluquerías, centros de estética
- Donde exista un contacto estrecho entre prestador-cliente, se restrinja al máximo la cantidad de personas, manteniendo la desinfección e higiene correspondiente. Debiendo utilizar tapabocas y mascara protectora facial de forma permanente.-
En todos los comercios
- Esta prohibido compartir mates, vasos y/o cualquier otro utensilio manteniendo la desinfección e higiene de la totalidad de los elementos que se utilice. Asimismo, el personal deberá lavarse frecuentemente sus manos con agua y jabón y/o utilizar alcohol en gel, evitando tener contacto a menos de dos (2) metros de distancia.-
- Deberá realizarse la desinfección del local con agua lavandina en una dilución de 100cc/cada 10 lts. de agua como mínimo tres (3) veces por día, la limpieza permanente de sanitarios y asegurar la existencia de jabón y toalla de tela o descartables, como así también, buena ventilación del lugar y el lavado frecuente de manos del personal.-
- Los responsables de cada local pueden limitar el ingreso y/o excluir de los mismos, a personas que manifiesten sintomatología gripal (tos, fiebre, dolores de cabeza, articulaciones o musculares).-
En el transporte público
- En el transporte público de pasajeros, taxis, remises y/o cualquier otro medio de transporte en general se debe mantener la desinfección e higiene con alcohol de todas las unidades, restringiendo al máximo posible el número de transportados.
- En el asiento trasero de la unidad de transporte del tipo taxi o remis solo podrán trasladarse dos (2) personas. Siendo el máximo de pasajeros de cuatro (4) personas incluyendo al conductor.
- El chofer de la unidad no puede manipular mercaderías o equipaje propias del pasajero. En el transporte público de pasajeros del tipo colectivo el pasaje no podrá circular parado, siendo responsabilidad de la empresa prestadora del servicio cumplir esta condición.-
Clínicas
Se pide a la población evitar asistir a clínicas, centros de salud y geriátricos, y recomendar evitar cualquier salida de esparcimiento de modo que pueda permanecer el máximo tiempo posible en su domicilio.-
Velatorios
- Se limita a 30 el número de personas como máximo en los velatorios de todas las salas ubicadas en la Ciudad de Jesús María, extremándose las medidas de desinfección e higiene con alcohol de sillas, bancos y banquetas, mesas, picaportes, sanitarios, etc., como así también, buena ventilación del lugar y el lavado frecuente de manos del personal.-
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