Con información del Gobierno de la Provincia de Córdoba
Funcionarios de SENASA y del Gobierno Provincial trabajan de manera articulada para monitorear el movimiento de mangas de langosta que ingresaron hace un par de meses por el norte del país.
La plaga ingresó proveniente de Paraguay, afectando Salta, Formosa y Chaco, y Santiago del Estero en su totalidad. Sin embargo, aún no se han detectado apariciones en el norte cordobés, por donde se podría esperar el arribo de los insectos.
El avance de la langosta está supeditado a condiciones climáticas como el viento, aunque las bajas temperaturas, la detección de los focos y un control adecuado podrían contener su desarrollo.
El Plan de Acción contempla actividades de monitoreo y control, y en el caso de aparición de la langosta, la activación de trabajos de aplicación (aérea o terrestre) con productos autorizados por Senasa, en caso de que corresponda y sea conveniente hacerlo.
Protocolo de denuncia
Se solicita a los productores que, en caso de avistar una manga de langostas, denuncien rápidamente la presencia a las autoridades y, de ser posible, consignando los siguientes datos:
- -Lugar de avistamiento.
- -Dirección del viento y de la manga.
- -Velocidad estimada de la manga.
- -Ancho estimado.
- -Duración del paso desde el punto de referencia en que se la avistó.
En caso de detección de agrupamiento, nube o manga del insecto, llamar a los siguientes números: 0800 999 2386 del Senasa; y al 0800 8888 2476 de la Provincia; o bien informar al mail acridios@senasa.gob.ar; a través de la aplicación para Android Alertas Senasa (también disponible para IOS); o a la delegación provincial o del INTA más cercana.
Emergencia
Cabe recordar que el Senasa declaró la Emergencia Fitosanitaria a nivel nacional por la plaga de langosta a fines del mes de julio del año 2017, cuando se dio un antecedente similar al de estos días, y esa resolución tiene vigencia hasta el día 31 de agosto próximo. Los productores agropecuarios deben intensificar las tareas de control, prevención y vigilancia de la plaga.
Uno de los aspectos principales de la resolución 438-E/2017 de la Emergencia, radica en la obligatoriedad de denunciar la aparición del fenómeno y llevar adelante los controles, llegado el caso. Textualmente, el documento expresa: “Los propietarios, arrendatarios o tenedores de los establecimientos deben realizar las tareas de control con los productos autorizados por el Senasa”.
La norma también faculta a las dependencias del Senasa a adoptar decisiones extraordinarias acordes al estado de emergencia, y entre otras cuestiones autoriza a contratar locaciones de obra, servicios no personales y/o terceros, comprar equipamiento y efectuar todo gasto necesario para hacer frente a dichas tareas.
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