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La Justicia Electoral explicó por qué un caroyense de 104 años no figuró en el padrón

El vecino caroyense Óscar Dolivo, de 104 años, no pudo votar el domingo porque su nombre no figuraba en el padrón. Desde la Justicia Electoral explicaron que una acordada nacional dispone la exclusión provisoria de quienes alcanzan esa edad, salvo que confirmen su voluntad de sufragar.

La Justicia Electoral Federal de Córdoba aclaró que, según una disposición de la Cámara Nacional Electoral, las personas que alcanzan los 104 años son excluidas provisionalmente del padrón y deben manifestar su voluntad si desean seguir votando.

El caso que conmovió a Colonia Caroya

La historia de Óscar Dolivo, vecino de Colonia Caroya de 104 años, generó sorpresa y emoción en la comunidad. “Toda la vida votó; esta fue la primera vez que no pudo hacerlo”, contaron sus allegados. El motivo no fue desinterés ni olvido: no figuraba en el padrón electoral.

Qué dice la Justicia Electoral

Desde la Justicia Electoral Federal de Córdoba, Guillermo Fernández explicó a Radio Jesús María que esta situación responde a una disposición de la Cámara Nacional Electoral (CNE) que rige desde 2018, y que establece la exclusión provisional del padrón de las personas que alcanzan los 104 años o más, salvo que confirmen su intención de votar.

“Hace varios años la Cámara Nacional Electoral adoptó medidas para excluir provisoriamente del padrón a las personas de edad límite, como mecanismo de control registral. Esto no significa que no puedan votar, sino que deben manifestar su voluntad durante la exhibición del padrón provisorio para ser incorporadas nuevamente”, explicó Fernández.

El funcionario recordó que la revisión se realiza meses antes de cada elección y que los ciudadanos pueden verificar sus datos y solicitar correcciones en esa instancia. Una vez cerrado el padrón definitivo, no es posible incorporar a nadie el día de los comicios.

“No se puede agregar a ninguna persona por ningún motivo. No hay troqueles ni número asignado en mesa. El padrón se cierra completamente”, precisó.

Cómo se actualiza el padrón

Fernández también detalló que la actualización de datos y defunciones depende hoy del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y de la propia Cámara Nacional Electoral. “Antes recibíamos directamente las comunicaciones de los registros civiles. Ahora todo pasa por el RENAPER y la CNE. Si algún acta de defunción no llega correctamente, no tenemos forma de depurar el padrón”, explicó.

Consultado sobre si puede aplicarse un criterio más flexible en casos excepcionales, Fernández admitió que se trata de una norma obligatoria y que nunca fue cuestionada judicialmente. “Entiendo la situación: tengo un amigo que fue con su madre de 103 años a votar, pero cumplió los pasos correspondientes para ser incluida. Es una disposición que se aplica en todo el país y que va más allá de esta Secretaría Electoral”, concluyó.

Qué establece la norma vigente

La Acordada Extraordinaria Nº 28/2018 de la Cámara Nacional Electoral dispuso la exclusión provisional del padrón de todas las personas de 104 años o más, salvo que ratifiquen expresamente su voluntad de votar durante el período de exhibición del padrón provisorio. La medida busca evitar errores derivados de demoras en la comunicación de defunciones y optimizar la depuración del registro electoral.

Por tanto, el caso de Óscar Dolivo se ajusta a esta norma: al no haberse realizado la reinscripción antes del cierre del padrón definitivo, no pudo emitir su voto.

Un ejemplo de compromiso cívico

Las personas de 104 años o más quedan automáticamente excluidas del padrón, pero pueden votar si gestionan su reincorporación durante la etapa del padrón provisorio. En el caso de Óscar Dolivo, no pudo hacerlo porque el trámite no se realizó a tiempo, aunque su lucidez y compromiso cívico despertaron admiración en toda la comunidad.

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