El Juzgado de Control, Niñez, Juventud y Penal Juvenil y Faltas de Jesús María decidió dar por concluida la investigación y que la causa avance a la próxima instancia.
El hombre prendió fuego una pila de neumáticos dentro de un terreno y generó, luego, la propagación de las llamas que debió contar con la asistencia de Bomberos Voluntarios para contenerlas.
Como consecuencia, hubo daños en la vegetación del lugar, parte de un alambrado perimetral, un automóvil, un tejido olímpico y el portón de un local comercial.
El juez Marcelino Morales precisó que el delito se consuma, por acción u omisión, con la creación del peligro para los bienes y las personas por medio del incendio. Se requiere que la persona conociendo que la combustión genera peligro, inicie el fuego de todos modos.
La defensa había solicitado que el hecho se tipifique en la figura de daño, argumentando que en el informe realizado por los bomberos «en ningún momento” se indicó que el episodio “pusiera en peligro común para la comunidad» o que «estuviera descontrolado».
La resolución subraya que los materiales afectados por el incendio y otros que estaban en las proximidades (neumáticos, maderas, postes, tambor de aceite, etcétera) eran altamente inflamables, peligrosos y difíciles de apagar por lo que, la acción del imputado creó el peligro común para los bienes y las personas que demanda la figura.