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Impuestos | Hasta este jueves están vigentes las moratorias en Caroya y Jesús María

►Este jueves 31 vencerá el régimen de Regularización de Deudas en Colonia Caroya y Jesús María. ►Ambos municipios ofrecen importantes descuentos y facilidades para los contribuyentes que se pongan al día con deudas por tasas y contribuciones de todo tipo.

Colonia Caroya

De esta manera, los contribuyentes de la ciudad que tengan alguna deuda con el Estado Municipal en tasas, mejoras, multas y rentas diversas podrán acercarse hasta este jueves a las oficinas de Recaudación para adherirse a un nuevo plan de pago por contado o en cuotas.

La Secretaría de Administración y Finanzas atenderá en horario corrido de 7 a 15:30, de manera excepcional.

Opciones de pago:

  • De contado: se reducirá el 40 por ciento de los intereses resarcitorios.
  •  En seis pagos, mensuales iguales y consecutivos sin intereses de financiación.
  •  Entre siete y 24 cuotas con un interés de financiación del 2 por ciento mensual.

Las opciones de pago serán siempre con una entrega (cuota inicial) del 10 por ciento del monto a regularizar. La cuota no deberá ser inferior a 400 pesos por deudas de servicios; mientras que por contribución por mejora, no inferior a 600 pesos.

El Departamento Ejecutivo Municipal está facultado a otorgar un Plan Especial cuando la situación social del contribuyente así lo demande, mediante informe socio-económico.

Jesús María

Recordamos cómo es la modalidad del plan:

  •  Abonando la deuda de contado, se realizará un 85% de descuento de los intereses resarcitorios.
  •  Abonando con un plan de pagos personalizado, se podrán aprovechar de diferentes porcentajes de descuentos de acuerdo a la cantidad de cuotas. Van desde beneficios del 45% al 75% de descuento en intereses resarcitorios.
  •  Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. Vencerán, además, a los diez días de cada mes o el primer día hábil inmediato siguiente cuando los días de vencimiento fijados coincidan con días feriados o inhábiles.
  •  Se otorgarán planes de pago especiales por condiciones especiales, previo informe social. Será para aquellos contribuyentes que graven su única propiedad inmueble, y que cumplan los siguientes requisitos:
    • a) Que el ingreso mensual bruto, por la totalidad de los integrantes del grupo familiar que habiten la vivienda, no exceda el importe equivalente a dos veces el salario mínimo, vital y móvil vigente a la fecha de acogimiento del plan de pagos.
    • b) Que el inmueble se encuentre habitado por el titular y/o su grupo familiar.
    • c) Que el inmueble no se encuentre vinculado a una explotación comercial.
  • Los planes de pago que se otorguen podrán financiarse hasta en 60 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, las que incluirán un 45% de descuento en los intereses resarcitorios, con un anticipo del diez por ciento (10%). La cuota mínima no podrá ser inferior a $350.

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