Este 3 de abril será día no laborable para las y los trabajadores de casas de familia. El personal que desempeña tareas domésticas celebra este día la promulgación de la Ley de de Trabajo en Casas Particulares sancionada en 2013.
Si el empleador desea que trabajen ese día deberán pagar doble al igual que en el caso de un feriado nacional. Así lo informó el Sindicato de personal de Casas de Familia.
A estos se suman los feriados del Viernes Santo y del Día del veterano y caídos en la Guerra de las Islas Malvinas. Hay que tener en cuenta que desde noviembre del año pasado los días puentes, anteriores a un feriado son denominados no laborables. Estos días no trabajan las reparticiones públicas, colegios o bancos. La modificación consiste en que el empleador del sector privado puede decidir si se trabaja o no ese día y no vale el pago de ningún valor extra en la remuneración.
En cambio, si se trata de “feriados” el empleado estaría resguardado para tomarse el día y, en caso de concurrir a sus tareas, debería recibir la compensación por la jornada trabajada tal cual como lo establece la ley. A partir del decreto del Presidente Macri, en la actividad privada prima la voluntad del empleador (decreto 923/2017)
AUDIO | Informe de Gerardo Fornasero.