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Ciudadanía italiana: Aprobaron decreto con nuevas restricciones para que los argentinos accedan al trámite

El Senador Italiano para Latinoamérica Mario Borghese informó a Radio Jesús María los cambios. Impulsó enmiendas para llevar tranquilidad a descendientes italianos. Anticipó que apelarán a la corte italiana constitucional las disposiciones cuestionadas.

El Parlamento italiano aprobó la nueva normativa para obtener la ciudadanía de Italia

Después del decreto que presentó la Primera ministra Giorgia Meloni para modificar el trámite que permite obtener la ciudadanía italiana, el Parlamento de ese país aprobó la medida tras la revisión en la Cámara de Senadores y ahora de Diputados.

Qué cambia a partir de ahora….?

1. ¿Este cambio ya entra en vigencia?

Sí, sólo falta que lo firme el presidente italiano y ya entra a regir. El Gobierno impulsó este decreto-ley amparándose en una necesidad y urgencia, pero al mismo tiempo presentó un proyecto de ley en el Parlamento que ahora debe debatirse. Mientras tanto, lo que rige es el decreto.

2.¿Hay alguna posibilidad de que el decreto se frene en la Justicia?

Los legisladores estaban esperando a su aprobación para accionar legalmente e ir a la Corte para reclamar su inconstitucionalidad. El máximo tribunal italiano puede avalarlo o rechazarlo completamente, o rechazarlo en parte. Mientras haya una resolución judicial, sigue vigente. Si la ley que se aprueba es finalmente más flexible, no tendría sentido avanzar con la vía judicial.

3.¿Quiénes van a poder tramitar ahora la ciudadanía italiana desde Argentina?

Con esta nueva ley, solamente podrán solicitar ser ciudadanos desde il estero los hijos o nietos de italianos que al momento de fallecer tenían solo la ciudadanía italiana.La sesión de la Cámara de Diputados italiana que votó el decreto-ley. Fot capturaLa sesión de la Cámara de Diputados italiana que votó el decreto-ley. Fot captura

4.Si soy bisnieto de italianos, ¿ya no puedo tramitar la ciudadanía?

Ya no se va a poder hacer desde la Argentina. Sí va a ser posible después de residir dos años en Italia.

5.¿Cómo va a ser el trámite para pedir la ciudadanía en Italia?

Todavía falta que el gobierno italiano reglamente la aplicación de la ley, por lo cual esto no está aún claro.

6.Si me voy dos años a Italia, ¿voy a tener que vivir en el pueblo del antepasado por el que voy a pedir la ciudadanía?

En principio no. El permesso di soggiorno serviría para vivir y trabajar en cualquier lugar de Italia.

7.Tengo la ciudadanía italiana porque me la transmitieron mis padres o mis abuelos. ¿Se la puedo dar a mis hijos?

Este fue un cambio muy importante que lograron introducir los diputados italoargentinos en el decreto-ley. “Logramos que no haya diferencias, porque si no hubiera habido ciudadanos italianos de clase A y de clase B”, enfatiza Merlo. Se va a poder seguir transmitiendo desde Argentina a los hijos menores de 18 años, no importa quién fue el antepasado que se la dio al padre de ese niño o adolescente. Si el menor nació antes del 27 de marzo de 2025 a las 23.59, los padres tienen tiempo hasta el 31 de mayo del 2026 para inscribirlos online a través del sistema Fast.it del consulado italiano. Los niños que nacieron a partir del 28 de marzo de 2025 tienen hasta un año para desde el nacimiento para realizar el trámite.

8.Uno de mis padres tiene la ciudadanía italiana, pero yo soy mayor de edad. ¿La puedo tramitar?

Si el padre o madre es hijo de italianos sí, porque el solicitante sería un nieto. Pero si el solicitante es un bisnieto (o sea, los nietos de italianos son su padre o madre) ya no puede hacerlo desde la Argentina.

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