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Frizza y los intendentes del PRO presentaron un proyecto de Consenso Fiscal

►El Diputado  se sumó al proyecto de "posición intermedia" entre la Provincia y el reclamo de los intendentes radicales. ►El objetivo es cambiar el reparto de los recursos para los municipios.►Los Intendentes del PRO le entregaron el proyecto a Juan Schiaretti. 

Este martes Oscar Tamis, presidente del Comupro, el foro de intendentes macristas, presentó un proyecto de Consenso Fiscal ante la provincia; Frizza dio su apoyo a nivel nacional:

«Nuestra posición sobre el Consenso Fiscal es clara: todos debemos contribuir a bajar la presión fiscal, pero sin desfinanciar a los municipios»

El proyecto propone cambios en el reparto de recursos a los municipios.

«Desde CoMuPro impulsamos que los municipios se comprometan a reducir tasas que impactan sobre sectores productivos, como las que rigen en materia de seguridad e higiene (comercio e industria), alumbrado, gas, agua y cloacas», señaló en Twitter el Diputado Nacional de Cambiemos.

 

 

El proyecto

DISPOSICIONES

El objetivo del Consenso Fiscal es “promover el empleo, la inversión, el crecimiento económico y fomentar políticas uniformes a los efectos de equilibrar las estructuras tributarias de todas las jurisdicciones, de manera de acordar una solución a los conflictos judiciales vinculados con el régimen de Coparticipación Federal”.

Ante ello establecemos en jurisdicción de la Provincia de Córdoba:

Compromisos Comunes  del Estado Provincial y los Estados Municipales

  1. a) Remitir a la Legislatura Unicameral Proyecto de modificación a la Ley de Responsabilidad Fiscal vigente promoviendo la adhesión de los municipios a su régimen antes del 30 de junio de 2018.
  2. b) Promover un nuevo Régimen de Coparticipación que reduzca la diferencia de desarrollo económico y social a lo largo del territorio provincial.

Compromisos de los Estados Municipales

Reducción progresiva de tasas que recaen sobre los sectores productivos, como las que se cobran por:

  1. a) Tasa de Seguridad e Higiene (Comercio e Industria), tomando como marco de referencia para su implementación el cronograma fijado por el Estado Nacional para los Impuestos sobre los Ingresos Brutos de jurisdicción provincial de acuerdo a las normas del Consenso Fiscal referenciado en el Anexo I del mismo.
  2. b) Tasa de Alumbrado Público, adecuar su percepción sin afectar la prestación del servicio, en condiciones de continuidad, eficiencia y seguridad e implementando políticas de uso racional de la energía eléctrica con el aprovechamiento de los recursos naturales y nuevas tecnologías de uso eficiente de la energía. Considerando en la determinación de esta tasa, el costo del kw, el mantenimiento del servicio y el costo de la re potenciación y adecuación del sistema de iluminación. 
  3. c) Tasa sobre Consumo de Gas Natural Distribuido por Redes, adecuar su percepción al sostenimiento de la infraestructura para la prestación del servicio en condiciones adecuadas de seguridad y eficacia, como así también, al costo del desarrollo de la obra pública domiciliaria del servicio, siempre conforme con el plan de obra presupuestado anualmente en cada Municipio y convenido previamente con el Estado provincial.
  4. d) Tasas sobre los consumos de Agua Corriente Distribuida por Red y Cloacas, adecuar su percepción al sostenimiento de la infraestructura para la prestación del servicio en condiciones adecuadas de seguridad y eficacia, como así también, al costo del desarrollo de la obra pública domiciliaria del servicio, siempre conforme con el plan de obra presupuestado anualmente en cada Municipio y convenido previamente con el Estado provincial.
Compromisos del Estado Provincial.
  1. a) Distribución de los fondos coparticipables nacionales en virtud del derogado art. 104 inc. b) y d) de la Ley de Impuesto a las Ganancias entre los Municipios y Comunas adherentes a este Consenso Fiscal Municipal con destino especifico a la obra pública y programas sociales.
  2. b) Distribución de los fondos coparticipables provinciales de asignación específica derivados de la Ley Impositiva Provincial presupuestados para el ejercicio 2018 y a presupuestar eventualmente en ejercicios subsiguientes con origen en los Impuestos sobre los Ingresos Brutos; Inmobiliario Rural e Inmobiliario Urbano.

Los recursos coparticipables enunciados en los inc. a) y b) anteriores serán distribuidos de acuerdo a la normativa de coparticipación vigente entre las jurisdicciones municipales y comunales que cumplan las condiciones consensuadas.

Plazo de Cumplimiento.

Todos los compromisos asumidos en el Consenso deberán cumplirse antes 31 de diciembre de 2018.

Implementación del Consenso.

Dentro de los treinta días de suscripto el Consenso Fiscal Municipal, los Departamentos Ejecutivos o Comisiones  deberán remitir a sus respectivos órganos legislativos copia del mismo para su correspondiente aprobación mediante Ordenanza o Resolución según corresponda.-

 

AUDIO | Gabriel Frizza, Diputado de Cambiemos.

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