Cienfuegos envió carta documento a Intendentes de Jesús María,Caroya y Sinsacate para que veten ordenanza que prohibe pirotecnia #RJM pic.twitter.com/4Rb8yYlzc6
— Radio Jesús María (@radiojesusmaria) 13 de octubre de 2016
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Carta Documento enviada por Empresa Cienfuegos
Sr. Gabriel Frizza, Intendente de Jesús María:
Me es grato dirigirme a usted, en mi carácter de apoderado de la empresa CIENFUEGOS S.A., en referencia a la Ordenanza aprobada por el Honorable Concejo Deliberante, la que “prohíbe el uso y venta de pirotecnia” en todo el partido de Jesús María. Pongo en su conocimiento, que la industria pirotécnica genera más de seis mil puestos de empleo permanente y alrededor de cincuenta mil en forma indirecta, siendo el sostén principal de miles de familias. En igual sentido, esta actividad se encuentra plenamente autorizada y legislada por la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 y el Decreto 302/83 del Registro Nacional de Armas, entre otras, por lo que la sanción y la consecuente promulgación de cualquier tipo de prohibición, es completamente contrario a dicha Ley y genera un conflicto legislativo que deriva en una inconstitucionalidad absoluta, por consiguiente, origina un perjuicio económico irreparable derivado de la afectación de miles de puestos de trabajo. Sr. intendente, en pleno uso de sus atribuciones, le solicito enfáticamente que se disponga vetar la ordenanza de marras, en razón de que, como se ha dicho, el daño que causa esta prohibición es sumamente grave. Es oportuno destacar, brevemente, que de acuerdo a nuestra experiencia hemos sido fieles testigos de que una prohibición de uso y comercialización de la pirotecnia, además de causar inmensos daños y perjuicios económicos, también genera un incremento exponencial del comercio y la fabricación ilegal, el que hemos combatido desde nuestros orígenes, poniendo en peligro a la comunidad en general, no solo a los consumidores de estos productos. Nos ponemos a su disposición para facilitarle toda la información que crea necesaria y toda la experiencia que nos avala en este rubro. De no mediar una solución, total e incondicional sobre la presente, nos veremos obligados a iniciar inmediatamente en su contra, del municipio y de la gestión, todas y cada una de las acciones legales que por ley nos corresponden, no descartando incluso, la solicitud y posterior traba de las medidas que eventualmente resulten idóneas para la consecución de los fines propuestos y reservándonos el derecho de incoar por la vía necesaria las consecuentes acciones judiciales por los daños y perjuicios emergentes de la sanción y promulgación de dicha ordenanza. Razón de lo expuesto, insisto que nos ponemos a su disposición y puede comunicarse con nuestras oficinas ubicadas en Av. Triunvirato 3063, Villa Ortúzar, C.A.B.A. (de 9:00 a 18:00 horas en lunes a viernes), teléfono 4555-5190.
Queda UD. debidamente notificado.
NOTA RELACIONADA:
Los Concejos Deliberantes de la zona prohíben el uso de la pirotecnia a partir de 2017